Crédito Fiscal

Para adquirir equipamiento escolar y tecnología, dictar cursos gratuitos abiertos a la comunidad y fomentar la retención escolar.

<h1>Crédito <strong>Fiscal</strong></h1> - Colegio León XIII

Objetivos

  • Incorporar nuevas tecnologías y equipamiento escolar.
  • Promover la articulación con organizaciones socio productivas, universidades e instituciones I+D+i.
  • Brindar capacitación tecnológica abierta a la comunidad.
  • Impulsar la retención escolar.

Acceso

Las instituciones educativas deberán presentar hasta el día 30 de mayo de cada año un proyecto patrocinado por una o más empresas, según las pautas establecidas en el procedimiento explicitado en la Ley.

Aquellas instituciones educativas que no cuenten con patrocinante/s al momento de su presentación, podrán incorporarlo/s junto con la documentación respectiva (de la empresa) hasta el día 31 de Julio de cada año.

Asignación del cupo

El cupo anual fijado por la Ley de Presupuesto Nacional varía de un año a otro y su administración corresponde al INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA.

Se asignará un importe mínimo y equivalente al 2% (dos por ciento) de dicho cupo a cada Jurisdicción en tanto cuenten con proyectos aprobados por ese monto mínimo. El monto restante se asignará conforme al orden de mérito nacional, el que se constituirá con la totalidad de los proyectos aprobados.

Patrocinantes

Personas de existencia visible o ideal, que desarrollen actividades económicas de producción de bienes o servicios y no registren deudas exigibles con la AFIP y que posean cuatro o más empleados por los que realicen aportes.

Financiamiento máximo por empresa patrocinante

A los efectos del presente Procedimiento se considerará MiPyMEs a aquellas empresas que se encuadren en lo establecido por la Resolución Nº 24/2001 y la Disposción Nº 147/2006 de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional y sus modificatorias.

Las MiPyMEs podrán financiar proyectos por el importe equivalente al 8% (ocho por ciento) de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones que estima abonar durante el año en curso, sobre las cuales se efectúen aportes y/o contribuciones patronales (sin incluirlos)

Las grandes empresas podrán financiar proyectos por el importe equivalente al 8‰ (ocho por mil) de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones que estima abonar durante el año en curso, sobre las cuales se efectúen aportes y/o contribuciones patronales (sin incluirlos).

Al momento de la presentación del proyecto la masa salarial tomada como base de cálculo será la proyectada para el año calendario, según Carta Compromiso, mientras que el monto definitivo deberá acreditarse con posterioridad.

En todos los casos, cuando las empresas participen en el cupo del Régimen de Crédito Fiscal Ley 22.317 que administran otros organismos, deberán informar el monto comprometido para el año en curso.

No podrán actuar como proveedores las autoridades del establecimiento educativo beneficiario ni empresas que formen parte de un grupo económico o jurídicamente vinculado al patrocinante, entendiéndose que los socios, autoridades, partícipes y representantes vinculan a los mismos.

Las empresas podrán patrocinar tantos proyectos como monto máximo dispongan de acuerdo a lo admitido por el presente procedimiento.

Monto de financiamiento máximo por proyecto

Cada proyecto tendrá como tope máximo de financiamiento la suma de $800.000 (PESOS OCHOCIENTOS MIL), asignados a bienes de capital e instalaciones hasta $ 700.000 (PESOS SETECIENTOS MIL) y a acciones formativas hasta $ 100.000 (PESOS CIEN MIL).

Dato: Año 2016

Documentación a presentar por los patrocinantes para la emisión de los certificados de crédito fiscal

Certificación contable de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones sobre los cuales se efectúan aportes y / o contribuciones patronales, abonados por períodos mensuales por las empresas patrocinantes y el monto resultante del OCHO POR MIL (8 ‰) u OCHO POR CIENTO (8%) de dicha suma según corresponda, pudiendo ser presentada por períodos mensuales en caso de cubrir el monto comprometido o por el total del año calendario. La misma deberá ser expedida por Contador Público Nacional y certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo. En la misma certificación deberá consignarse que no posee deudas exigibles e impositivas con la AFIP, de acuerdo al formulario modelo.

Copia autenticada de las constancias de pago de las obligaciones previsionales del período correspondiente (Formulario AFIP 931), o copias simples intervenidas por el Contador Público certificante en todas sus hojas o Certificado Fiscal para Contratar en vigencia, junto con el formulario CC1.

Personas autorizadas para retirar los certificados

Las autoridades del establecimiento educativo y/o de la empresa patrocinante debidamente acreditadas y/o aquellas autorizadas según formulario modelo.

Gestión del alta del certificado ante la AFIP

Los certificados serán comunicados ante la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) con posterioridad a la presentación ante el INET de los instrumentos que acrediten la efectiva contribución realizada por parte de la/s empresa/s patrocinante/s al establecimiento educativo.

Los instrumentos variarán, en función de quien efectúe las adquisiciones (establecimiento educativo, asociación cooperadora o empresa/s patrocinante/s).

Rendición de cuentas

El detalle de egresos se hará en una única rendición completando los formularios correspondientes, junto con la documentación requerida, dentro de los 60 días posteriores a la rúbrica del acta de entrega del certificado de crédito fiscal.

Deberán adjuntarse fotocopias legibles y autenticadas (con firma del director y/o representante legal) de las facturas de compra, Acta de Cesión de Bienes (si corresponde) y Declaración Jurada de Bienes según modelo.

Beneficios para el patrocinante

  • Aplicación de los certificados a cualquier impuesto de la AFIP.
  • Endoso de los certificados habilitados ante la AFIP.
  • Posibilidad de sumarse al Proyecto a través de las acciones formativas previstas.
  • Conocimiento del destinatario y del destino de su aporte.
  • Responsabilidad social empresaria.

Empresas Patrocinantes

  • ANDREANI S.A. (2013 y 2014).
  • GALFIONE HNOS. S.A. (2011).
  • TOYOTA (2011).
  • PWC (2010).
  • BANCO PATAGONIA (2010).

El agradecimiento y reconocimiento de toda la Comunidad Educativa de
la Casa Salesiana León XIII a las Empresas Patrocinantes de nuestros proyectos, a lo largo de estos años.